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La verdadera capacidad contributiva frente a la pandemia Covid-19


El pago de las contribuciones en un país democrático se justifica por su propósito redistributivo de la riqueza para tomar de donde más hay y poner donde más hace falta, así como para sufragar el costo que le implica al estado garantizar la prestación de los servicios públicos que aseguren vivir en dignidad. Frente a dicha responsabilidad colectiva se encuentra la capacidad de contribuir de cada gobernado. Las personas físicas lo determinan luego de cubrir su mínimo vital que incluye alimento, salud, educación, vivienda y vestido en forma digna. Las personas morales luego de deducir gastos e inversiones estructurales. En circunstancias como la actual, es incuestionable la afectación que en la citada capacidad de contribuir al gasto público se genera al reducirse los ingresos e incrementarse gastos. La ponderación de esta realidad es una cuestión moral del estado. La ley presume una capacidad contributiva bajo circunstancias normales y no contempla la desaparición de los topes legales cualitativos y cuantitativos en deducciones personales bajo situaciones extraordinarias, o suspensión de pagos provisionales o reducción de impuestos para las morales, pero es constitucionalmente viable. La iniciativa privada esta solicitando algo constitucionalmente válido y moralmente obligatorio.