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Se moderniza la renovación del certificado e.firma


Por regla general, para obtener el certificado se realiza un trámite ante el SAT o ante cualquier certificador autorizado por el Banco de México; sin embargo, uno de los requisitos es que los contribuyentes acudan con cita al SAT. La  regla 2.2.14 de la Segunda modificación a la RMF para 2020, establece que las personas físicas podrán renovar su certificado hasta 1 año después de vencido, a través de la aplicación móvil “SAT ID”, es decir, que de manera electrónica el contribuyente podrá acreditar su identidad como si hubiese comparecido ante el propio SAT. El trámite se puede realizar de manera 1) presencial, 2) Portal del SAT (si aún está vigente el certificado), o 3) servicio SAT ID; en los cuales el SAT podrá requerir información y documentación adicional, otorgando un plazo de 6 días hábiles para dar cumplimiento o se desechará la solicitud. La autoridad resolverá la aclaración en un plazo de 10 días hábiles (trámite presencial) o 5 días hábiles (SAT ID). Siempre quedaran a salvo los derechos del contribuyente para volver a presentar el trámite.  Sin duda, estamos viviendo en tiempos donde la tecnología juega un papel importante frente a una nueva realidad y donde reconocemos que el SAT está contribuyendo con su parte.  
#SATID 
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