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Razón de negocio. Algunas consideraciones sobre el tema


De acuerdo con la doctrina civil y mercantil, los contratos que producen efectos patrimoniales deben tener un fin práctico, que viene a ser la causa del vínculo jurídico, con la cual resultan legítimas las obligaciones recíprocas contraídas entre las partes. 
A esa causa de los contratos se le denomina hoy en día y para efectos fiscales “razón de negocio”, la cual no debe confundirse con la causa que justifica a la obligación tributaria y que se relaciona con la capacidad de contribuir. 

En este sentido podemos quizás estar de acuerdo, conforme a la doctrina y al marco legal vigente, en que:

•La razón de negocio es la causa lógica y práctica que justifica la celebración de un negocio jurídico o de un conjunto de operaciones.
•Toda operación mercantil debe tener una razón de negocio que en forma directa o indirecta la justifique y legitime.
•La razón de negocio no implica una imprescindible ganancia económica o patrimonial. 
•La razón de negocio también puede atender a propósitos de seguridad, eficiencia, control y orden corporativo, entre otros. 
•Razón de negocios es un concepto no determinado en el Código Fiscal de la Federación, pero determinable conforme a cada caso y contexto.
•Un beneficio económico esperado menor al beneficio fiscal genera una presunción de falta de razón de negocio que debe ser justificada. 
•La existencia de un beneficio económico esperado menor al fiscal es una afirmación que debe demostrar la autoridad fiscal como hecho base de su presunción.
•La presunción de falta de razón de negocio admite prueba en contrario. 
•Desvirtuar la presunción de falta de razón de negocio no implica en todo caso el demostrar un beneficio económico superior al fiscal. 
•Lo que se debe demostrar es la existencia de una razón lógica que justifique el negocio jurídico o la serie de operaciones celebradas.

Con base en lo anterior, la pregunta a responder de manera preventiva y oportuna puede ser la siguiente:

Tus operaciones más relevantes, ¿ya cuentan con una justificación o causa razonable que las explique?